Inscripción en ROLECE para empresas licitadoras de obra pública.

El ROLECSP (también conocido como ROLECE) es el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y se crea en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 301 a 307 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, básicamente consiste en un registro de empresas, profesionales o autónomos. No solo es un registro de empresas de construcción, este registro engloba a todo tipo de empresas licitadoras.

Para la obtener el certificado es necesario acreditar la identidad del solicitante, ya sea una empresa o un licitador autónomo mediante el uso de un certificado electrónico. Además, el propio certificado se puede consultar mediante el visor ROLECE.

Según el artículo 159 de la Ley 9/2017, para participar en las licitaciones tramitadas mediante “abierto simplificado”, esto es para contratos de obras de importe igual o inferior a 2.000.000 €, será obligatorio que la empresa de construcción esté inscrita en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas).

ESTUDIO | OBRA PUBLICA se dedica específicamente al asesoramiento para contratar obra con el Sector Público, y realizamos de forma rápida, y sin errores, el trámite necesario para inscribir su empresa de construcción en el Registro ROLECE – ROLECSP.

En muchas ocasiones, la empresa necesita estar inscrita en ROLECE antes de un plazo determinado, ya que de no estarlo, la empresa perderá la oportunidad de participar y presentar oferta en la licitación de obra en cuestión.

Es importante advertirle que, realizar una solicitud que no cumpla todos los requisitos exigidos por ROLECE puede demorar la inscripción de su empresa en el registro de licitadores, alargando innecesariamente meses el plazo de obtención del certificado. Nuestro equipo le ofrece la seguridad de que algo tan importante, se hace bien. Le ofrecemos una respuesta rápida, seriedad y compromiso, con toda nuestra experiencia a su servicio.

Nos encargamos del 100% de la inscripción de su empresa de construcción.

Para poder agilizar el proceso, envíenos un email a la dirección: estudio@licitacionesobrapublica.com

Con los siguientes datos de la empresa constructora a inscribir en ROLECE:

  • Nombre de la empresa.
  • CIF de la empresa.
  • Dirección postal de la empresa.
  • Déjenos un teléfono y un email para contactar con usted.

En los próximos 10 minutos nos pondremos en contacto con usted.

También, podemos responder rápidamente su consulta por WhatsApp en el 686 90 55 71, en este caso envíenos los mismos datos por esta vía, junto con su email.

El precio de inscribir su empresa en el registro suele estar entre 100 € y 125 € más IVA, dependiendo del Registro Mercantil del que se trate.

Seguro que podemos ayudarle a obtener su certificado ROLECE en poco tiempo!

Información para inscribir empresa en ROLECE – ROLECSP.

En primer lugar, le informamos que el registro oficial de licitadores ya no se llama ROLECE, debido al cambio en la denominación, que paso de ser Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, sus siglas eran ROLECE, a Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, por lo que ahora sus siglas y acrónimo correcto es ROLECSP.

El carácter de «inscripción obligatoria» de las empresas en ROLECE trata de evitar el exceso de trámites en los procesos de contratación pública, en los cuales había que aportar una cantidad enorme de documentación para participar en cada licitación, ya fuera de obras, servicios o suministro, y ya se tramitará mediante procedimientos abierto o abierto simplificado (el cual también requiere de la presentación de gran cantidad de documentos).

Las empresas y autónomos pueden inscribir en el registro, cumpliendo los requisitos, los datos a los que se refiere el artículo 339 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Cuando una empresa o autónomo se da de alta en el ROLECSP su certificado acredita frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. En línea con lo anterior, es importante destacar, que existen otros registros de licitadores autonómicos, como el de la Junta de Andalucía o el de Catalunya RELI, ROLECE en teoría acredita lo mismo que ellos en su mismo ámbito, por lo que es equivalente, con la ventaja que sirve para todo el territorio nacional.

En resumen, y siempre que la empresa cumpla los requisitos de inscripción para obtener un certificado válido, ROLECSP permite inscribir los siguientes tipos de datos:

Los correspondientes a su personalidad y capacidad de obrar, en el caso de personas jurídicas.

  1. Los relativos a la extensión de las facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente.
  2. Los referentes a las autorizaciones o habilitaciones profesionales y a los demás requisitos que resulten necesarios para actuar en su sector de actividad.
  3. Los datos relativos a la solvencia económica y financiera, que se reflejarán de forma independiente de la clasificación que, en su caso, tenga el empresario.
  4. Cualesquiera otros datos de interés para la contratación pública que se determinen reglamentariamente.

La vigencia de los datos que se aporten en el momento de la inscripción por parte de las empresas o autónomos, tendrá una vigencia indefinida en tanto se mantengan por la empresa o autónomo las condiciones y circunstancias que en ellos se reflejan. Es un requisito que la empresa o autónomo se comprometa a comunicar cualquier cambio que se realice en ellos, para así validar su certificado ROLECSP.

Cuando, la empresa además tiene clasificación como contratista del Estado en obras o servicios, la revisión de los datos que sirvieron para conceder dicha clasificación se deben revisar:

  • Cada año la justificación de la solvencia económica y financiera
  • Cada tres años la justificación de la solvencia técnica y profesional

Por lo anterior, se debe tener en cuenta que la inscripción y alta en el ROLECSP acredita las circunstancias concretas de una fecha, siendo necesario ir actualizándolas cada cierto tiempo, con el objetivo validar el certificado y que acredite circunstancias actuales de la empresa o autónomo, ya que, si no fuera así, estaríamos aportando datos falsos, e incurriendo en una de las prohibiciones para contratar, que podrían dejarnos fuera durante una temporada de poder presentar licitaciones. Es importante tener en cuenta que una la inscripción en ROLECE puede ser no completa, y estos casos se tendrán que actualizar los datos inscritos en el certificado. Una vez abierto el expediente de inscripción se puede completar con la automática extracción de datos pendientes que sean admisibles.

La Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, establece en su artículo 159.4.a Procedimiento abierto simplificado.

(…)

  1. Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia.

(…)

Por lo tanto, aquellas empresas o autónomos que se quieran presentar a licitaciones de obras, servicios o suministro, que se tramiten por procedimiento “abierto simplificado”, deberán inscribirse estar inscritas en el ROLECSP antes del 9 de septiembre de 2018. La fecha del 9 de septiembre viene fijada por un margen (Disposición transitoria tercera ley 9/2017) que se dio de 6 meses a partir de la entrada en vigor de la Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, la cual fue el pasado 9 de marzo de 2018.

Por lo tanto la respuesta a ¿Es obligatorio estar inscrito en el ROLECSP para presentarse a una licitación? es NO. Solo es obligatorio estar inscrito en el ROLECSP para presentarse a licitaciones que se tramitan por procedimiento “abierto simplificado”, ahora bien, es interesante para una empresa estar inscrita en el ROLECSP, la respuesta es SI, ya que entendemos que cada vez más procedimientos van a tramitarse mediante el “abierto simplificado”, ya que este procedimiento ayuda tanto a la administración como al licitador.

Sin duda la respuesta es sí, y en algunos casos incluso es obligatorio. ROLECE permite identificar a las empresas de forma rápida. Permite consultar los datos básicos de constitución y representación de forma sencilla.

Los órganos de contratación utilizan el procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios que cumplen las dos condiciones siguientes:

  1. Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.
  2. Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.

Además, el anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación. Toda la documentación necesaria para la presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación del anuncio en dicho perfil de contratante.

En cuanto al plazo para la presentación de proposiciones, no podrá ser inferior a quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de licitación. En los contratos de obras el plazo será como mínimo de veinte días.

Lugares donde deben figurar los datos inscritos en ROLECE son el Registro Mercantil de la provincia española que corresponda y www.registradores.org

Si has leído el apartado anterior, como empresa, persona física, y sobre todo como licitador, interesado en contratar con el Sector Público, es fundamental que tengas la inscripción obligatoria en el registro ROLECE, ya que aunque solo sea un requisito obligatorio para participar en procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados, por los tramos de precios de contrato de este tipo de procedimientos, las licitaciones de este tipo son la inmensa mayoría:

  • Licitaciones y contratos de obras: desde 0 € a 2.000.000 €

La participación en una licitación de una empresa no inscrita en ROLECE, en los supuestos en los que resulta obligatorio, tiene como consecuencia la exclusión de la empresa del proceso.

IMPORTANTE – LA NO INSCRIPCIÓN EN ROLECE: «Al ser obligatoria la inscripción en los procedimientos simplificados y simplificados abreviados, el licitador que presente su oferta y no esté inscrito en ROLECE quedará EXCLUIDO del procedimiento de licitación.

Aquí le informamos sobre la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Publica del Estado:

La Junta Consultiva de Contratación publicó una recomendación el pasado 24 de septiembre de 2018 respecto la inscripción obligatoria de las empresas en ROLECE (articulo 159.4 a).

El motivo fue que la Junta, debido al volumen de inscripciones, las empresas no se han podido inscribir en el citado Registro.

La recomendación de la Junta Consultiva de Contratación es que por el momento no se excluya a ningún licitador por no estar inscrito en ROLECE.

La recomendación NO establece un nuevo plazo en el que deje de surtir efecto, y como es una recomendación, la Administración Pública, que en cada caso sea el órgano de contratación, es decir, ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, el propio Estado Central, etc…, podrá elegir hacer caso o no. Por ello, es importante que las empresas se inscriban inscribas en el ROLECE cuanto antes si no se quieren perder oportunidades de licitaciones publicas.

Nuestro equipo realiza la correcta aportación de la información y documentos necesarios para que la empresa se pueda inscribir en ROLECE, de una forma muy cómoda, rápida y sencilla para usted. Como resumen, le comentamos que es necesario aportar una información básica obligatoria, como son los datos de la empresa, el domicilio, el objeto social, el órgano de administración de la empresa, capital social, etc… pudiéndose también aportar información adicional, como son las cuentas anuales, cifras de volumen de negocios, póliza de seguros, etc…

Todas las empresas deben inscribirse en ROLECE, no obstante hay una circunstancia que hace que ya estés inscrito:

  • Las empresas de obras y servicios que estén clasificadas como contratistas del Estado, esto se debe a que la propia Junta Consultiva realiza una inscripción básica de oficio a las empresas que estaban clasificadas con anterioridad a la obligación de ROLECE.

El plazo de obtención del certificado depende exclusivamente de ROLECE. La obtención del certificado se puede demorar en el tiempo hasta los 3 meses o incluso más, en algunos casos si la solicitud contiene algún error el certificado de inscripción puede tardar incluso más tiempo. Según nuestra experiencia, los expedientes que tramitamos suelen están en un menor tiempo, consúltenos para informarle mejor acerca del plazo de obtención.

Nuestro equipo puede completar una solicitud de inscripción con expediente abierto ya iniciada, consúltenos en este sentido.

Hemos realizado documentaciones técnicas para constructoras en la mayoría de órganos de contratación:

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